Informacion

Ejecución de obras por terceros en nuevos Emprendimientos


IMPORTANTE:

Atentos a la notificación recibida de la Municipalidad de La Plata y por medio de la presente, COSEGO Ltda. pone en conocimiento lo establecido mediante los Decretos provincial N.º 2514/24 y municipal 2658/24.
En este sentido, mediante la normativa mencionada se dispuso la suspensión por el plazo de 180 días corridos de toda ejecución de obras, tramitación de factibilidades, proyectos y desarrollos que no hayan sido convalidados por la autoridad provincial y municipal competente, ello conforme lo dispuesto en los decretos mencionados y lo establecido por la Ley N.º 8912 de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelos de la Provincia de Buenos Aires.
Asimismo, en cumplimiento de lo normado le informamos que se dispuso la suspensión por el mismo plazo de 180 días corridos a partir del 9 de octubre de 2024, de los procedimientos administrativos vinculados a proyectos de urbanización alcanzados por la Ley N.º 14.449. Por lo expuesto, le solicitamos tener presente estas disposiciones a los efectos de adecuar cualquier actuación o gestión relacionada a las normativas mencionadas.
Sin otro particular, quedamos a disposición para cualquier consulta o aclaración adicional, y lo saludamos muy atentamente.


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A- El desarrollador deberá solicitar el pedido y presentar.
1- Nota de solicitud.
2- Escrituras o certificado de dominio.
3- Memoria descriptiva del proyecto urbano que contenga:
  a. Nombre de desarrollo y partida inmobiliaria.
  b. Dato del desarrollador (Nombre Apellido correo electrónico, teléfono de contacto)
  c. Tipo de loteo.
  d. Cantidad de usuarios o densidad poblacional.
4- Plano de subdivisión aprobado.
5- Ordenanza de Zonificación aprobada.
6- Nota actualizada expedida por la Dirección de Ordenamiento Territorial de la Municipalidad de La Plata del expediente en trámite.
7- En caso de no ser el titular deberá presentar nota poder del titular.
8- Impuesto inmobiliario.
9- Fotocopia de DNI del solicitante.

B- Con estos elementos la cooperativa evaluará la pre factibilidad e indicará los requisitos a presentar:
1- Marco regulatorio, aplicación de la ley 10.411, 10.416 y 12.490. Proceso para la planificación de obras denominadas satélites o desvinculadas como también ampliaciones significativas de cierre de mallas.
Las planificaciones de los sistemas sanitarios dependen exclusivamente del área técnica de la Cooperativa que tendrá un profesional matriculado con las incumbencias con carácter de Representante Técnico. En todos los casos las tareas deben ser visadas por los colegios correspondientes en el marco de sus incumbencias.
2- La Cooperativa indicará, de acuerdo a planificación, la necesidad de que se incluya un sistema de captación de agua potable según modelos al pie de página o solicitará un aporte de capital que será segun FARE (fondo de adecuación de redes y equipos de bombeo)
3- El profesional deberá presentar un plan de obras en etapas para programar las inspecciones.
4- Para el inicio de obras se labrará el acta correspondiente.


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REGISTRO DE EMPRESAS PERFORADORAS Y PROFESIONALES HABILITADOS

Tambien puede acceder al Registro de Empresas Perforadoras y Profesionales habilitados para la ejecución y/o supervisión de las perforaciones en la Provincia de Buenos Aires - Resolución 096/2013