El desarrollo de nuevos barrios, loteos y urbanizaciones dentro del Partido de La Plata debe realizarse en el marco de la normativa vigente en materia de ordenamiento territorial y planificación urbana.
En la Provincia de Buenos Aires estos procesos se encuentran regulados por el Decreto-Ley Nº 8912/77 de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, que establece los principios para la planificación del crecimiento urbano y las condiciones para la subdivisión de tierras y la provisión de infraestructura básica.
A nivel municipal, el planeamiento y la regulación del uso del suelo se rigen por el Plan de Ordenamiento Territorial del Partido de La Plata, aprobado por Ordenanza N.º 12.692, y en particular por su Anexo 3, Código de Ordenamiento Territorial, donde se definen las condiciones urbanísticas, los indicadores aplicables, los procedimientos de gestión y los criterios para la localización y desarrollo de nuevas urbanizaciones.
En este marco, COSEGO Ltda., en su carácter de prestadora de servicios sanitarios dentro de su área de concesión según Ordenanza 12.014, establece el siguiente procedimiento técnico-administrativo para la evaluación y tramitación de nuevos desarrollos urbanos que requieran la provisión de los servicios a su cargo.
El interesado deberá presentar la siguiente documentación:
COSEGO Ltda. emitirá un Certificado de Prefactibilidad, el cual podrá ser presentado ante la Municipalidad de La Plata dentro del proceso de obtención del Certificado Técnico Urbanístico (CTU).
El certificado indicará que la factibilidad definitiva quedará sujeta a la presentación del CTU ante COSEGO Ltda.
El solicitante deberá presentar:
COSEGO emitirá el Certificado de Factibilidad correspondiente, pudiendo establecer:
Para el desarrollo del proyecto de infraestructura el solicitante podrá optar por:
En todos los casos los proyectos deberán ser realizados por profesionales competentes y colegiados.
Previo al inicio de los trabajos, el desarrollador deberá notificar a COSEGO Ltda. el inicio de obra y la empresa contratista responsable de la ejecución.
Finalizadas las obras y verificado su correcto funcionamiento se procederá a: